El Ayuntamiento de Santurtzi abre el plazo el próximo 1 de octubre y a lo largo de todo el mes para las personas titulares de bienes inmuebles que deseen solicitar ayudas económicas.
De esta manera, se aplica por primer año la ordenanza aprobada en el pasado mes de octubre de 2016, y aprobada por unanimidad, de cara a aplicar el criterio de progresividad de que pague mayor cantidad quien más posea.
El importe total de las ayudas económicas para este ejercicio es de 300.000 euros y con esta medida, “pretendemos regular una ayuda económica para el recibo de la vivienda habitual, con el fin de ayudar a aquellas personas con menos recursos”, según ha recordado el concejal de Promoción Económica, Joseba Ramos, quien ha añadido que en el supuesto de que el importe total de las ayudas solicitadas superase el importe de la partida, éstas se prorratearán hasta el importe máximo consignado.
Podrán solicitar estas ayudas las personas físicas y unidades familiares, titulares de vivienda habitual, que estén empadronados en el inmueble para el que se solicita la ayuda y que ésta sea su vivienda habitual. Asimismo, estas cuantías dependerán de manera directa de la Renta de las Personas Físicas (IRPF), por lo que deberá presentarse en el momento de la solicitud dicho documento. Así, el cuadro a aplicar será el siguiente, teniendo en cuenta que la cuantía máxima será de 300 euros y que “por primera vez habrá santurtziarras que por su baja renta obtengan una bonificación incluso del 100% del impuesto”:
Miembros de la Unidad Familiar
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Cuantía máxima anual
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% Bonificación cuota líquida
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1
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Hasta 12.000 euros
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100%
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De 12.0001 a 15.000 euros
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50%
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2
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Hasta 14.000 euros
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100%
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De 14.001 a 18.000 euros
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75%
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De 18.001 a 22.000 euros
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50%
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3
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Hasta 16.000 euros
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100%
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De 16.001 a 19.000 euros
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75%
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De 19.000 a 24.000 euros
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50%
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4
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Hasta 18.000 euros
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100%
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De 18.001 a 21.000 euros
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75%
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De 21.001 a 26.000 euros
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50%
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5
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Hasta 21.000 euros
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100%
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De 21.001 a 25.000 euros
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75%
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De 25.001 a 30.000 euros
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50%
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El plazo para la entrega de las solicitudes será del 1 al 31 de octubre y durante el mes de noviembre se requerirá, si fuese preciso, la documentación que sea necesaria a las personas interesadas, declarando no admitida la solicitud en caso de incumplimiento.
Tal y como reza la ordenanza relativa a estas ayudas, la Administración resolverá las instancias admitidas preferentemente con anterioridad al 15 de diciembre, publicándose en el tablón de anuncios y la página web del ayuntamiento la resolución completa de las ayudas, y el abono de la ayuda se realizará preferentemente con anterioridad al 31 de diciembre de este año.
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