Ante el aumento considerable de solicitudes atendidas en los Servicios Sociales de Base, el Ayuntamiento de Santurtzi se ha visto obligado a incrementar la aportación municipal destinado al apartado de Ayudas de Emergencia Social.
“Aún a pesar de ser estas ayudas competencia exclusiva de Gobierno Vasco, hemos visto que con la cantidad que esta institución ha aportado para este año 2009, un total de 1.500.000 €, únicamente se consiguió dar salida a las solicitudes referentes a los seis primeros meses del año, siendo necesaria una inyección económica proveniente de las arcas de nuestro ayuntamiento para resolver las solicitudes de los seis meses restantes. Dichos fondos se han obtenido de transferencias a través de otras partidas presupuestarias del presupuesto asignado al Área de Acción Social e Igualdad”, ha señalado en rueda de prensa la concejala de dicho área, Aintzane Cordón.
Este importe de más aportado por el Ayuntamiento ha sido de 519.863 €, de los cuales mañana en Junta de Gobierno Local se aprobará una partida de 220.624,23 €, “lo que supone un 70% más de lo aportado el pasado año (304.923 €)”, ha añadido Cordón. “Ha sido éste un esfuerzo importante para este equipo de gobierno, pero considerando la situación de urgente necesidad para muchos y muchas santurtziarras todo nuestro esfuerzo merece la pena”.
En total, las solicitudes de AES concedidas durante este año han sido 2.056, un 53% más que el año pasado (1.337). “Y hemos observado que este año se han acercado colectivos que con anterioridad nunca lo habían hecho, como hombres y mujeres que se han quedado sin trabajo y se les ha terminado la prestación económica por desempleo, o el colectivo de tercera edad, que también ha tenido una presencia importante”.
En suma, entre lo aportado por Gobierno Vasco y Ayuntamiento de Santurtzi, el importe total otorgado para AES ha sido de 2.019.985 € (1.371.579,24 € en 2008).
Las Ayudas de Emergencia Social son prestaciones económicas no periódicas de naturaleza subvencional, destinadas a personas cuyos recursos resultan insuficientes para hacer frente a gastos específicos, y así evitar o paliar situaciones de marginación social. Estas ayudan deben destinarse únicamente al objeto para el que hayan sido concedidas.
Los gastos específicos susceptibles de ser cubiertos por las Ayudas de Emergencia Social son los siguientes:
1.– Gastos necesarios para el disfrute y mantenimiento de la vivienda o alojamiento habitual (como gastos de alquiler, gastos derivados de intereses y amortización de créditos como consecuencia de adquisición de una vivienda o alojamiento, gastos de energía, agua, alcantarillado, IBI...).
2.– Gastos necesarios para la habitabilidad y el equipamiento básico de la vivienda o alojamiento habitual (gastos de mobiliario, de electrodomésticos de la denominada "línea blanca", de adaptación y reparación de la vivienda).
3.– Gastos relativos a las necesidades primarias (destinados a cubrir necesidades relativas a vestido, educación y formación y atención sanitaria).
4.– Gastos de endeudamiento previos originados por alguno de los conceptos señalados anteriormente o por la realización de gastos necesarios para atender necesidades básicas de la vida.
En relación con la cobertura de estas necesidades, al igual que en los últimos años, se observa una utilización casi exclusiva del programa para hacer frente a los gastos relacionados con la vivienda habitual de los solicitantes. “En general, la experiencia en la ejecución del programa de las AES por parte de este Ayuntamiento ha puesto de manifiesto que un alto porcentaje de los recursos disponibles se destina a los conceptos que tienen que ver con los gastos generados por el alquiler, disfrute y mantenimiento de la vivienda o alojamiento habitual de los/as solicitantes”, ha concluido la concejala de Acción Social e Igualdad, Aintzane Cordón.
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