2012/02/02

Una nueva ordenanza regulará el uso de vados en Santurtzi


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El pleno municipal del pasado jueves aprobó la nueva ordenanza reguladora de vados para el término municipal de Santurtzi, con el fin de establecer los requisitos y el procedimiento para la concesión de autorizaciones de paso de vehículos, regular el régimen jurídico de éstas, así como su construcción y las características de su señalización.

Así lo ha dado a conocer esta mañana en rueda de prensa el concejal de Obras y Servicios, Lezo Urreiztieta, quien ha recordado que la solicitud de dichos vados será necesaria para el acceso de vehículos a motor a todo tipo de inmuebles para el que se requiera cruzar la acera u otros bienes de dominio y uso público.

El derecho de vado consiste en el aprovechamiento de aceras o bienes de dominio público y que supone una especial restricción del uso que corresponde a todos los ciudadanos, implicando la prohibición de aparcamiento al frente de la lonja, incluso para las personas con uso de dicho vado. “Por ese motivo debe estar convenientemente regulado por parte del Ayuntamiento, por los inconvenientes que conllevan para el resto de personas que no se benefician de dicho vado”, ha señalado Urreiztieta, quien ha explicado que la ordenanza diferencia entre vados permanentes y vados sujetos a horario.


El primero de ellos se concederá para fincas, viviendas unifamiliares y bifamiliares situadas en zona residencial de baja densidad en suelo urbano, talleres con grúa propia y servicio de 24 horas, siempre que dispongan de una superficie mínima de 250m2 y de la oportuna licencia de apertura de la actividad o locales de servicios de urgencias, tales como bomberos, policía, protección civil, ambulancias, polideportivos, establecimientos educativos y sanitarios, y demás edificios públicos, entre otros supuestos.


Por su parte, la licencia para vados sujetos a horarios se concederá a las actividades que cuenten con licencia de apertura o autorización, tales como talleres de automóviles, exposición y venta de vehículos, almacenes de empresas, establecimientos comerciales o industriales o locales destinados a actividades en los que la misma lo precise y se justifique adecuadamente la necesidad de vado.


En este caso, “las autorizaciones de vado sujetas a horario sólo limitarán el estacionamiento y la parada en su espacio de cobertura, de lunes a sábado, salvo festivos, y dentro de las horas que se recogen en sus placas señalizadoras. En todo caso, el horario concedido se ajustará al de la actividad”, ha explicado el concejal. Así, quienes pretendan ampliar la vigencia de la autorización a los domingos o festivos, deberán justificar debidamente esta necesidad.

Como regla general, la longitud del vado se ajustará a la de la puerta, con un mínimo de 2,5 metros y hasta un máximo de 3,5 metros, aunque si se requieren dos puertas, una de acceso y otra de salida, la longitud máxima podrá ser hasta seis metros, con un mínimo de cinco, mientras que la construcción, modificación y supresión del rebaje de bordillo y las obras de reparación de la acera se realizarán por el Ayuntamiento a costa del solicitante.

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